5- LOS REFUGIOS ANTIAÉREOS (IV)
El 10-12-1938 viene otro comunicado de la D.E.C.A. con cuatro acuerdos: En el 1º se recordaba a los propietarios de caballerías y vehículos la obligación que tenían de retirar gratuitamente de la vía pública los escombros procedentes d e los refugios tal como tenía dispuesto la Comisión Nacional de Defensa Aérea. El 2º acuerdo decía en síntesis que, haciendo falta para la terminación de los refugios personal laboral y que habiendo en las calles numerosos hombres parados, se había dispuesto que las autoridades civiles y militares les obligasen a ir a colaborar desinteresadamente para terminar aquellas obras tan necesarias. El 3º acuerdo avisaba a toda la población civil y militar que de comprobarse que no colaboraban con los guardias de los refugios a la buena conservación de los mismos y se dedicaran a tirar en ellos inmundicias, los utilizaran indebidamente, o inutilizasen el alumbrado u otros enseres de los mismos, sería considerada como persona desafecta a aquella Comisión y...